El divorcio contencioso comienza con una demanda ante el Juzgado de Primera Instancia del último domicilio conyugal (Art. 770 LEC). Exige abogado y procurador. A diferencia del divorcio de mutuo acuerdo, el juez decide. En Gallardo & Asociados, abogados de divorcios en Toledo te acompañamos.
¿Cuándo es necesario recurrir a un divorcio contencioso?
Cuando no hay acuerdo: uno no acepta divorciarse o discrepan sobre custodia, pensiones o vivienda. Art. 86 CC: se decreta a petición de uno solo, sin alegar causa. Un abogado de familia en Toledo puede valorar tu caso.
¿Qué requisitos legales hay que cumplir?
Tres meses de matrimonio (Art. 86 CC). Excepción: riesgo para vida o integridad. Abogado y procurador obligatorios (Art. 750 LEC). Competencia: juzgado del último domicilio conyugal (Art. 769 LEC).
¿Qué documentación se necesita?
| Documento | Finalidad |
|---|---|
| Certificado de matrimonio | Acreditar vínculo |
| Certificados nacimiento hijos | Filiación |
| Empadronamiento | Competencia territorial |
| Declaración IRPF | Capacidad económica |
| Nóminas y vida laboral | Ingresos |
| Escritura vivienda | Titularidad inmueble |
| Extractos bancarios | Patrimonio |
¿Cuáles son las fases del divorcio contencioso paso a paso?
1. Interposición de la demanda
Traslado al demandado: 20 días hábiles para contestar (Art. 770.1 LEC).
2. Contestación a la demanda
Puede oponerse o formular reconvención. Si no contesta: rebeldía procesal.
3. Vista oral
Pruebas documentales, testificales, periciales. Señalamiento: 2-6 meses.
4. Sentencia
10-20 días tras la vista. Cabe recurso de apelación en 20 días (Art. 458 LEC).
| Fase | Plazo orientativo |
|---|---|
| Admisión y traslado | 1-2 semanas |
| Contestación | 20 días hábiles |
| Vista oral | 2-6 meses |
| Sentencia | 10-20 días |
| Total | 6-18 meses |
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¿Qué se decide en la vista oral y cómo prepararla?
Custodia, pensiones, vivienda y patrimonio. Pruebas: interrogatorio, testifical, pericial (informe psicosocial), documental, exploración del menor (Art. 770.4 LEC). Mantén la calma y demuestra implicación en la crianza.
¿Qué ocurre con la custodia, la pensión y los bienes?
Custodia: exclusiva o compartida, según interés del menor (Art. 92 CC). Los abogados de guarda y custodia en Toledo pueden ayudarte. Alimentos: Art. 146 CC. Compensatoria: Art. 97 CC. Bienes: liquidación de gananciales (Art. 1316 CC) o procedimiento separado (Art. 806 LEC).
¿Es posible pedir medidas provisionales antes de la sentencia?
Sí (Arts. 771, 773 LEC). Previas: 30 días para presentar demanda después. Coetáneas: junto con la demanda. Contenido: vivienda, custodia, alimentos, pensión provisional, medidas cautelares sobre patrimonio.
¿Se puede recurrir la sentencia?
Recurso de apelación ante la Audiencia Provincial en 20 días (Art. 458 LEC). La disolución es firme pero las medidas pueden revisarse. Resolución: 6-12 meses. Excepcionalmente, casación ante el TS (Art. 477 LEC).
¿Necesitas asesoramiento legal?
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Preguntas frecuentes
¿Puede uno de los cónyuges frenar el divorcio?
No puede impedirlo (Art. 86 CC). Puede intentar dilatar, pero el juez evita maniobras dilatorias.
¿Se puede pasar de contencioso a mutuo acuerdo?
Sí, en cualquier momento. Presentáis un convenio regulador para reconducir el proceso.
¿Qué pasa si hay violencia de género?
Competencia del Juzgado de Violencia sobre la Mujer (Art. 87 ter LOPJ). No se exigen los 3 meses.
¿Qué pasa si no puedo pagar abogado?
Asistencia jurídica gratuita (Ley 1/1996). Ingresos máximos: doble del IPREM.






