El acoso laboral no siempre se ve a simple vista, pero se nota: cada día cuesta más entrar por la puerta del trabajo. Si has llegado hasta aquí buscando cómo denunciarlo, lo primero que debes saber es que tienes varios caminos para defenderte y que la prueba lo es casi todo.
Te contamos cómo actuar de principio a fin: desde reunir evidencias hasta elegir entre comunicarlo en la empresa, acudir a la Inspección de Trabajo o reclamar ante los tribunales. Y, sobre todo, en qué orden conviene hacerlo para no perder fuerza por el camino.
Qué se considera acoso laboral
El acoso laboral (o mobbing) es una conducta de hostigamiento sistemático y prolongada en el trabajo dirigida a humillar, aislar o hundir psicológicamente a la víctima. No es un mal día ni un jefe exigente: hablamos de un patrón que se repite en el tiempo y que lesiona tu dignidad e integridad moral. Suele manifestarse en conductas como estas:
- Críticas constantes y descalificaciones delante de los demás.
- Aislamiento: dejar a la persona sin tareas, sin información o sin trato.
- Sobrecarga de tareas imposibles o, al contrario, vaciado de funciones.
- Amenazas veladas sobre tu puesto o tus condiciones laborales.
Tipos de acoso laboral
Según de quién venga el hostigamiento, se distinguen tres tipos. Saber en cuál estás ayuda a enfocar la denuncia:
- Acoso vertical descendente (bossing): el más habitual, de un superior hacia un subordinado.
- Acoso vertical ascendente: de uno o varios trabajadores hacia un superior.
- Acoso horizontal: entre compañeros del mismo nivel.
Qué dice la ley sobre el acoso laboral
No estás solo frente a esto: el acoso laboral choca con varias normas a la vez. El Estatuto de los Trabajadores reconoce tu derecho a la dignidad y a la integridad. La Ley de Prevención de Riesgos Laborales obliga a la empresa a protegerte. El Código Penal castiga el acoso grave en su artículo 173.1. Y si el hostigamiento es por razón de sexo, entra además la Ley Orgánica de Igualdad. Ese marco legal es el que sostiene tu denuncia.
El primer paso: documenta y reúne pruebas
Antes de denunciar, construye tu caso. Cuanto mejor documentado, más difícil será que lo nieguen. Reunir evidencias sólidas es lo que marca la diferencia:
- Guarda los mensajes: correos, WhatsApp, notas, capturas con fecha.
- Lleva un diario de hechos: qué pasó, cuándo, dónde y quién estaba delante.
- Identifica testigos: compañeros que hayan presenciado los episodios.
- Conserva los partes médicos: si hay ansiedad, insomnio o una baja, el informe médico es prueba.
Comunícalo dentro de la empresa: protocolo y Recursos Humanos
Muchas empresas están obligadas a tener un protocolo de acoso. Comunicar la situación por escrito al departamento de Recursos Humanos, al comité de empresa o al canal interno deja constancia de que la empresa lo sabía y la obliga a actuar e investigar. Hazlo siempre por un medio que puedas acreditar.
La Inspección de Trabajo y el deber de prevención de la empresa
Si la empresa no reacciona, o es la propia organización la que acosa, puedes presentar una denuncia ante la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. Toda empresa tiene, por la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, el deber de garantizar tu seguridad y salud, también frente al acoso. La Inspección puede investigar, requerir a la empresa y proponer sanciones si incumple ese deber.
Reclamar ante los tribunales: lo laboral y lo penal
Cuando lo anterior no basta, se abren las opciones más contundentes. No son excluyentes y conviene valorar cuál encaja:
| Vía | Para qué sirve | Qué puedes obtener |
|---|---|---|
| Demanda en lo social | Extinción del contrato por incumplimiento grave de la empresa (art. 50 ET) | Indemnización como la de un despido improcedente |
| Reclamación de daños | Resarcir el daño psicológico y moral sufrido | Indemnización por daños y perjuicios |
| Denuncia penal | Acoso grave que lesiona la integridad moral (art. 173.1 CP) | Prisión de seis meses a dos años para el acosador |
Elegir bien el camino y el momento marca la diferencia. En nuestro equipo de abogados laborales en Majadahonda valoramos tu caso y, si el acoso ha derivado en un despido o en una salida forzada, estudiamos la reclamación por despido. Cuando los hechos son delito, lo coordinamos con nuestros penalistas.
Qué indemnización puedes reclamar por acoso laboral
La indemnización por acoso laboral tiene dos piezas que pueden sumarse. Por un lado, si pides la extinción del contrato por incumplimiento de la empresa, te corresponde la indemnización propia de un despido improcedente. Por otro, puedes reclamar una indemnización por daños y perjuicios, incluidos los daños morales, por la lesión de tu integridad moral y el perjuicio a tu salud.
Las consecuencias del acoso: no es solo trabajo
El acoso no se queda en la oficina. Las consecuencias más frecuentes son problemas de ansiedad y depresión, insomnio y bajas laborales que se alargan. Ese impacto en tu salud no solo es un motivo para actuar cuanto antes: bien acreditado, también refuerza tu reclamación y la indemnización por daños.
Errores que debes evitar al denunciar
- Abandonar el puesto sin asesorarte: marcharte sin estrategia puede dejarte sin indemnización.
- No guardar pruebas a tiempo: lo que no se documenta, después es difícil de demostrar.
- Esperar demasiado: cuanto antes reacciones, más fuerza tiene tu reclamación.
Preguntas frecuentes
¿Puedo denunciar acoso laboral de forma anónima?
Ante la Inspección de Trabajo se puede denunciar, pero para reclamar una indemnización tendrás que identificarte y acreditar los hechos.
¿Tengo que seguir yendo a trabajar mientras denuncio?
Depende de tu estado. Si hay baja médica, estarás cubierto; abandonar el puesto sin más puede perjudicar tu reclamación, así que conviene asesorarse antes.
¿El acoso laboral es delito?
Puede serlo. El artículo 173.1 del Código Penal castiga el acoso laboral grave con prisión de seis meses a dos años. En muchos casos se reclama por la vía laboral, y la penal se reserva para los hechos más graves.
¿Qué tipos de acoso laboral existen?
Acoso vertical descendente (de un superior, el llamado bossing), acoso vertical ascendente (de subordinados hacia un superior) y acoso horizontal (entre compañeros del mismo nivel).
¿Cuánto tiempo tengo para reclamar por acoso laboral?
Depende de la vía. La acción para pedir la extinción del contrato y la indemnización por daños tiene, por lo general, un plazo de un año. La denuncia ante la Inspección o la penal tienen sus propios plazos, así que conviene no esperar y asesorarse cuanto antes.
¿Estás sufriendo acoso en tu trabajo?
En Gallardo & Asociados te ayudamos a poner orden: reunir la prueba, elegir la vía adecuada y reclamar lo que te corresponde, con la discreción que un asunto así necesita.
Cuéntanos tu caso en el 910 054 354 o el 647 083 845 y vemos juntos el siguiente paso, en Toledo o en Majadahonda.






