Abogado de Delitos contra la Intimidad en Toledo
Defensa por revelación de secretos y difusión de imágenes íntimas en Toledo.
años de experiencia
Defensa penal, con reserva, en delitos contra la intimidad
Miraste el móvil de tu pareja, accediste a un correo o a una cuenta, reenviaste una foto íntima que te habían enviado, y ahora te acusan de un delito contra la intimidad. Lo primero que conviene saber es que estos delitos exigen requisitos concretos y que el consentimiento y la forma de obtener la información lo cambian todo.
En Gallardo & Asociados estos asuntos se llevan con total confidencialidad y con un solo interlocutor. El consentimiento y la prueba informática deciden el caso, así que los analizamos desde el primer día, con trato directo con el abogado que lo lleva.
¿Qué es el descubrimiento y revelación de secretos?
El artículo 197 del Código Penal protege la intimidad y castiga distintas conductas:
Apoderarse de mensajes, correos o datos (197.1): acceder a comunicaciones o documentos privados de otra persona sin su consentimiento para descubrir sus secretos.
Acceso y uso de datos personales (197.2): apoderarse, utilizar o modificar datos reservados registrados en ficheros o soportes.
Difusión de imágenes íntimas (197.7): difundir imágenes o grabaciones de contenido íntimo obtenidas con consentimiento, pero divulgadas después sin autorización. Es lo que se conoce popularmente como difusión no consentida de material íntimo.
La difusión posterior de lo obtenido (197.3) agrava la conducta, y hay reglas específicas cuando interviene un funcionario (198). Muchos de estos delitos exigen, además, la denuncia de la persona afectada para poder perseguirse.
Gallardo y Asociados
Intimidad, honor y delitos sexuales: no confundir
Deslindar bien la calificación es esencial. La intimidad protege tus datos e imágenes; el honor protege tu reputación (lo que se dice de ti), que trabajamos en injurias y calumnias; y los delitos sexuales protegen la libertad sexual. Un mismo hecho, como difundir una imagen, puede afectar a una u otra según cómo se produjo, y la calificación correcta cambia la pena.
¿Cómo defendemos un delito contra la intimidad en Toledo?
1. Consentimiento.
Acreditar que existió autorización para acceder a la información o a las imágenes.
2. Ausencia de difusión.
En el 197.7, demostrar que no hubo divulgación a terceros.
3. Prueba tecnológica y autoría.
Discutir quién accedió, desde qué dispositivo y con qué prueba lo sostiene la acusación.
4. Requisitos del procedimiento.
Verificar la denuncia previa y la correcta imputación de cada modalidad.
Los juzgados penales de Toledo que llevan tu caso
La instrucción corresponde a los Juzgados de Instrucción de Toledo y el enjuiciamiento al Juzgado de lo Penal de Toledo, con recurso ante la Audiencia Provincial de Toledo. Atendemos también los partidos judiciales de Illescas, Torrijos, Ocaña y Talavera de la Reina. En abogado penalista en Toledo puedes ver todas nuestras áreas de defensa penal. La prueba informática suele ser el corazón de estos procedimientos, y trabajamos su análisis desde el inicio.
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Gallardo & Asociados
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Contacta con tu abogado de delitos contra la intimidad en Toledo
Nuestros abogados están adscritos al Ilustre Colegio de Abogados de Toledo y llevan años defendiendo delitos contra la intimidad y de prueba tecnológica. No delegamos tu asunto: hablas siempre con el letrado que lo lleva.
Preguntas frecuentes sobre los delitos contra la intimidad en Toledo
Miré el móvil de mi pareja, ¿es delito?
Acceder a las comunicaciones o a los datos privados de otra persona sin su consentimiento puede constituir un delito de descubrimiento de secretos del artículo 197. Ahora bien, el consentimiento, la existencia de dispositivos compartidos y la forma de acceso son elementos que se discuten y que pueden cambiar el resultado.
Me enviaron una foto íntima y la reenvié, ¿qué riesgo tengo?
Difundir imágenes íntimas de otra persona sin su autorización, aunque te las hubieran enviado a ti, puede encajar en el artículo 197.7. Es importante analizar cómo se produjo la difusión y a quién llegó para preparar la defensa.
¿Necesita denuncia de la otra persona para que haya juicio?
En muchos de estos delitos sí: se persiguen a instancia de la persona afectada. Verificar ese requisito y el resto de condiciones del procedimiento es una de las primeras tareas de la defensa.
¿La prueba de un pantallazo vale?
Depende de cómo se haya obtenido y de su autenticidad. La prueba tecnológica se puede impugnar, y su origen y su cadena de custodia son terreno de defensa. Analizamos cada elemento probatorio del expediente.
