Te acaban de despedir y, antes incluso que el dinero, hay una pregunta que corre en tu contra: el tiempo. Tienes solo 20 días hábiles para reaccionar, y de lo que hagas en esas tres semanas depende todo lo demás.
Si has llegado buscando «cuánto cuesta impugnar un despido», la respuesta honesta es que el coste no se mide solo en euros: se mide sobre todo en plazo, en lo que arriesgas si no reclamas y en de qué factores depende cada caso. Vamos a aclararte las tres cosas para que decidas con cabeza.
Lo primero y más urgente: tienes 20 días hábiles
El plazo para impugnar un despido es de 20 días hábiles desde el día siguiente al despido, y son hábiles de verdad: no cuentan sábados, domingos ni festivos. Es un plazo de caducidad, no de prescripción, así que no se puede recuperar: pasados esos días, el despido queda firme aunque fuera injusto. Por eso el primer «coste» de no actuar es perder el derecho a reclamar.
Tipos de despido (y por qué cambian tu reclamación)
No todos los despidos se impugnan igual. Conviene que sepas en cuál estás, porque de eso depende qué reclamas y con qué prueba:
- Despido disciplinario. La empresa alega una falta grave del trabajador. Si no la acredita, el despido es improcedente.
- Despido objetivo. Por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción. Exige carta motivada y preaviso.
- Despido colectivo (ERE). Afecta a varios trabajadores y sigue su propio procedimiento.
Y según cómo lo califique el Juzgado de lo Social, tu despido será:
- Procedente: la empresa tenía razón; no hay indemnización extra (salvo la del despido objetivo).
- Improcedente: el despido no estaba justificado; da derecho a indemnización o readmisión.
- Nulo: vulnera derechos fundamentales o afecta a situaciones protegidas (embarazo, etc.); obliga a readmitir y a pagar los salarios dejados de percibir.
Qué pasos sigue impugnar un despido
1. Papeleta de conciliación. Antes de ir al juzgado se presenta una papeleta de conciliación ante el servicio de mediación, arbitraje y conciliación (SMAC). Es un trámite gratuito y obligatorio que, además, suspende el reloj de los 20 días.
2. Acto de conciliación. Tú y la empresa os sentáis a intentar un acuerdo. Si hay avenencia, se cierra ahí; si no, se levanta acta de «sin avenencia».
3. Demanda ante el Juzgado de lo Social. Si no hubo acuerdo, se presenta la demanda. Te puede asistir un abogado laboralista y un graduado social, y los juzgados de lo social no tienen tasas judiciales para el trabajador.
4. Juicio y sentencia. El juez decide si el despido es procedente, improcedente o nulo, con consecuencias muy distintas para ti.
De qué depende el coste de impugnar un despido
Aquí está la clave que casi nadie te explica: no hay un precio único porque no hay un caso único. Lo que hace que reclamar sea más sencillo o más complejo depende de factores como estos:
- Hasta dónde llega. No es lo mismo cerrar un acuerdo en la conciliación que llegar a juicio y, si hay recurso, a suplicación.
- El tipo de despido. Disciplinario, objetivo o nulo se defienden de forma distinta y exigen más o menos trabajo probatorio.
- La prueba. Testigos, documentación, pericial… un caso bien armado lleva más preparación.
- Si la empresa recurre. Que la otra parte alargue el procedimiento influye en el recorrido total.
Sobre los honorarios de abogado, dependen precisamente de todo eso, así que lo serio es estudiar tu caso y darte una valoración a medida, no un «desde X». Si quieres esa valoración, nuestros abogados laboralistas en Majadahonda revisan tu carta de despido y te dicen con claridad qué tienes y qué recorrido hay.
Quién paga qué en un despido
En la jurisdicción social el trabajador parte con ventaja en gastos: la papeleta de conciliación es gratuita, no hay tasas judiciales para ti y en muchos casos ni siquiera es obligatorio procurador. El gran coste, por tanto, no es entrar al juzgado, sino preparar bien la reclamación y no quedarte fuera de plazo.
El coste de NO impugnar: la indemnización que te juegas
Mirar solo lo que cuesta reclamar es ver media foto. La otra mitad es lo que pierdes si no reclamas, y suele pesar mucho más. Estas son las cantidades que la ley reconoce al trabajador (no son honorarios, es lo que te corresponde a ti):
| Si el despido se declara… | Qué supone para ti |
|---|---|
| Improcedente | 33 días de salario por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades (o readmisión) |
| Improcedente (contrato anterior a feb. 2012) | Hasta 45 días por año por el tiempo previo, con tope de 42 mensualidades |
| Objetivo procedente | 20 días de salario por año trabajado, con un máximo de 12 mensualidades |
| Nulo | Readmisión obligatoria y abono de los salarios de tramitación (los dejados de percibir) |
| No lo impugnas a tiempo | El despido queda firme: cero indemnización por esta vía, aunque fuera injusto |
Dicho de otra forma: dejar pasar los 20 días hábiles puede costarte muchas mensualidades de indemnización. Por eso la decisión inteligente es valorar el caso cuanto antes con un abogado laboralista, no descartarlo por miedo al coste.
¿Cuándo merece la pena impugnar un despido?
La impugnación de un despido casi siempre conviene valorarla, aunque no todas acaben en juicio. Tiene sentido reclamar, sobre todo, en estos casos:
- Sospechas que es improcedente. La empresa no acredita la causa o la carta de despido es defectuosa.
- Crees que es nulo. Te despiden tras una baja, un embarazo o por ejercer tus derechos: ahí puede haber una vulneración de derechos fundamentales.
- Te deben dinero. Además del despido puedes reclamar el finiquito, los salarios o las vacaciones no pagadas.
Cada escenario tiene una complejidad distinta, y por eso lo sensato es que un abogado especializado en derecho laboral revise tu carta de despido antes de decidir. Una impugnación bien planteada muchas veces presiona a la empresa a negociar antes incluso de llegar al juzgado.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto cuesta impugnar un despido exactamente?
No existe una cifra fija: depende de hasta dónde llegue el procedimiento, del tipo de despido y de la prueba. Lo correcto es una valoración personalizada de tu caso.
¿Tengo que pagar tasas para demandar a mi empresa?
No. En el orden social el trabajador no paga tasas judiciales y la papeleta de conciliación es gratuita.
¿Cuánto tiempo tengo para impugnar?
20 días hábiles desde el despido, sin contar sábados, domingos ni festivos. Es un plazo de caducidad: si lo dejas pasar, no se recupera.
¿Cuánta indemnización me corresponde si el despido es improcedente?
Con carácter general, 33 días de salario por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades. En contratos anteriores a febrero de 2012 puede subir a 45 días por año por el tiempo previo, con un tope de 42 mensualidades.
¿Qué diferencia hay entre despido improcedente y nulo?
En el improcedente, la empresa elige entre readmitirte o pagarte la indemnización. En el nulo, la readmisión es obligatoria y además debe abonarte los salarios de tramitación.
¿Te han despedido y no sabes si reclamar?
En Gallardo & Asociados estudiamos tu despido sin prisas, te decimos con honestidad qué opciones reales tienes y preparamos la reclamación dentro de plazo. Hablarás directamente con el abogado que lleva tu caso.
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